La Mesa del Parlamento
IV Legislatura

La Mesa es el órgano rector de la Cámara y ostenta la representación colegiada de esta en los actos a los que asiste. Como órgano de gobierno y dirección, la Mesa tiene un carácter predominantemente institucional. Está integrada por la Presidencia del Parlamento, dos vicepresidencias y dos secretarías, elegidos al comienzo de la legislatura. Quienes ejerzan las vicepresidencias y las secretarías ejercen las funciones normales de sustitución y asistencia a la Presidencia, respectivamente.

Composición

Nombre Cargo Grupo
Bravo de Laguna Bermúdez, José MiguelPresidenteG.P. Popular
San Juan Hernández, AntonioVicepresidente PrimeroG.P. Coalición Canaria (CC)
García Déniz, José AntonioVicepresidente SegundoG.P. Socialista Canario
Oramas González-Moro, Ana MaríaSecretaria PrimeraG.P. Coalición Canaria (CC)
Fernández González, ManuelSecretario SegundoG.P. Popular

Las funciones de la Mesa pueden separarse en dos apartados, según se relacionen con las competencias parlamentarias o con la administración y gestión de los servicios.

Dentro de las competencias parlamentarias se encuentran las siguientes:

  • Calificar, con arreglo al Reglamento, los escritos y documentos de índole parlamentaria, así como declarar la admisibilidad o inadmisibilidad de los mismos mediante resolución motivada.
  • Decidir la tramitación de todos los escritos y documentos de índole parlamentaria, de acuerdo con las normas establecidas en este Reglamento.
  • Programar las líneas generales de actuación de la Cámara, fijar el calendario de actividades del Pleno y de las comisiones para cada período de sesiones y coordinar los trabajos de sus distintos órganos, todo ello previa audiencia de la Junta de Portavoces.
  • Interpretar y suplir el Reglamento en los casos de duda u omisión. Cuando en el ejercicio de esta función supletoria se proponga dictar una resolución de carácter general, debe mediar el parecer favorable de la Junta de Portavoces.

En cuanto a las competencias en el campo de la administración y gestión de servicios, destacan las siguientes:

  • Adoptar cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara.
  • Elaborar el proyecto de presupuesto del Parlamento, dirigir y controlar su ejecución.
  • Ordenar los gastos de la Cámara, sin perjuicio de las delegaciones que pueda acordar.
  • Aprobar la composición y naturaleza de la plantilla del personal de la Cámara.

La Mesa está asesorada por el letrado-secretario general o letrada-secretaria general, que asiste a las reuniones con voz pero sin voto. Se reúne a convocatoria de la persona que ostente la Presidencia, bien a iniciativa propia, bien a solicitud de, al menos, dos de sus miembros. Para que la Mesa pueda adoptar válidamente acuerdos deben estar presentes, al menos, tres de sus miembros y el letrado-secretario general o letrada-secretaria general.

Los miembros de la Mesa son elegidos en la sesión constitutiva del Parlamento. En la elección de la persona que haya de ostentar la Presidencia, cada miembro de la Cámara escribe solo un nombre en la papeleta, y resulta elegida la persona que obtenga el voto de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara. Para la elección de las personas que hayan de ejercer las dos vicepresidencias y las dos secretarías, cada miembro de la Cámara escribe un nombre en la papeleta y resultan elegidas las personas que por orden sucesivo obtengan el mayor número de votos.