Las funciones de la Presidencia
La Presidencia del Parlamento de Canarias es el máximo órgano de relación institucional con el resto de los órganos políticos autonómicos y estatales, ocupando el segundo lugar en el protocolo autonómico, después del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A la Presidencia le corresponde también la presidencia de la Mesa, de la Junta de Portavoces, y de la Diputación Permanente.
Sus funciones están reguladas en el Estatuto de Autonomía; el Reglamento del Parlamento y en las normas de gobierno interior de la institución.
- Ostenta la representación de la Cámara y es quien comunica al Rey y al Gobierno de la nación la elección por el Pleno de la Cámara del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Dirige y coordina la acción de la Mesa en materia de gobierno y régimen interior.
- Asegura la buena marcha de los trabajos, dirige los debates y vela por que se cumpla el Reglamento. También le corresponde la tarea de sus interpretación en caso de duda.