Diario de Sesiones 141, de fecha 11/12/2018
Punto 11

9L/PO/P-2621 PREGUNTA DEL SEÑOR DIPUTADO DON ROMÁN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO NUEVA CANARIAS (NC), SOBRE ESTUDIOS PARA AFIRMAR QUE LOS BENEFICIOS FISCALES DE CAMBIAR LA EXENCIÓN DEL IGIC AL CONSUMO ELÉCTRICO AL TIPO 0 % SON IDÉNTICOS, DIRIGIDA A LA SEÑORA CONSEJERA DE HACIENDA.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Siguiente pregunta del señor diputado don Román Rodríguez Rodríguez, del Grupo de Nueva Canarias, sobre estudios para afirmar que los beneficios fiscales de cambiar la exención del IGIC al consumo eléctrico al tipo cero son idénticos, dirigida a la señora consejera de Hacienda.

Señor Rodríguez.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ (Desde su escaño): Señor presidente. Señora consejera.

Hemos interpretado que la política fiscal que ustedes hacen, que nosotros no compartimos, como bien sabe, ha hecho un cambio de tercio en relación a la fiscalidad del consumo energético, ya han pasado ustedes de una propuesta de exención de este impuesto al consumo, a la entrega a tipo cero, y afirman ustedes que el ahorro fiscal es el mismo: ¿en qué lo sustentan?, ¿qué soporte técnico tiene esta afirmación?

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor Rodríguez.

Señora consejera de Hacienda.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Efectivamente señor Rodríguez, el propio Gobierno de Canarias en el escrito, en la decisión del Consejo de Gobierno del 12 de noviembre, aprobó un acuerdo de corrección de errores del texto del proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019, en el que se procedía a rectificar la exención de las entregas de energía eléctrica incluidas en la disposición final séptima de la modificación de la Ley 4/2012.

Toda vez que la Mesa del Parlamento, después de visto el informe de los servicios jurídicos, no admitieron esa corrección de errores aprobada por el Gobierno de Canarias, se procedió a presentar una enmienda, que son las enmiendas 43, 44 y 45, que no suponen una nueva medida fiscal, sino que tienen por objeto rectificar la exención aplicable a las entregas de energía eléctrica y, en su lugar, exigir el tipo cero del IGIC a las entregas de energía por parte de los comercializadores a los consumidores fiscales.

Dijimos también en el informe elaborado que la enmienda no supone una modificación de las estimaciones de los ingresos previstas en la Ley de Presupuestos puesto que estas estaban estimadas sobre el tipo cero.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señora consejera.

Señor Rodríguez.

El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ (Desde su escaño): Ya sabe la señora consejera y los miembros del Gobierno y quienes sustentan a este Gobierno que la política fiscal debe ser una cosa seria, cosa que no ocurre con ustedes. Picotean en un asunto esencial porque sin política fiscal no puede haber políticas públicas, y han estado tocando los impuestos en función de las presiones, de los intereses y de la búsqueda de adhesiones, al margen de que ahí mantenemos una dura crítica por esa reducción de ingresos que comprometen el gasto público y hacen que, por ejemplo, no tengamos recursos para una renta de ciudadanía, obligación estatutaria en estos momentos, o no tengamos recursos suficientes para una política de vivienda que recupere un derecho perdido en esta comunidad, además, de todo eso hacen ustedes chapuzas en la formalización de las irresponsables propuestas que hacen.

Hablaron de exención, que es una reducción de ingresos equis, y ahora lo sustituyen por una tipo cero que es el doble. No es neutral la exención con respecto al tipo cero, el ahorro fiscal se duplica. No sabemos cuándo dijeron ustedes la verdad si ahora o antes, pero lo que es indudable es que han hecho una política fiscal chapucera que no se puede sostener, no solamente porque reduce ingresos al erario público y compromete, por lo tanto, el gasto, sino, además, en este caso porque esta es una política fiscal contraria a la lucha contra el cambio climático, porque eliminan ustedes el impuesto a los consumos energéticos térmicos sin tener en cuenta el consumo.

Aquí se prima, en definitiva, la ineficiencia energética y da igual consumir treinta euros al mes que seis mil porque ustedes eliminan los impuestos en la línea de lo que hacen siempre: favorecer a los poderosos.

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señor Rodríguez.

Turno de la señora consejera de Hacienda.

La señora CONSEJERA DE HACIENDA (Dávila Mamely) (Desde su escaño): Gracias, señor presidente.

Precisamente por eso, señor Román Rodríguez, dijimos que era una corrección de errores y después se ha tenido que plasmar en una enmienda que corrige ese error.

Mire, el IGIC es un impuesto que se aplica en cascada, lo que quiere decir que cada empresa va sumando su correspondiente IGIC en la cadena de valor hasta el consumidor final, que es quien asume los costes del impuesto.

Ahora bien, si en la cadena para en un estadio interior, en una instancia anterior, el coste queda en la que se está aplicando la exención. En este sentido tendríamos que decir que, en el caso en el que la modificación normativa hubiese sido la exención, pasaríamos a dejar a las actividades de producción, transporte, distribución, venta y comercialización de energías exentas al IGIC, todas ellas de sociedades que realizan actividades que pasarían a estar gravadas, sujetas pero exentas y, por lo tanto, no podrían deducirse el IGIC soportado, por lo tanto pasarían al 6,5 %, al tipo general. No solamente podríamos incurrir en que no hubiera una pérdida de recursos, que estamos estimando en unos doce coma dos millones de euros, sino que incluso al pasar al 6,5 todas las actividades, estoy hablando de 1598 empresas de producción eléctrica con fuentes renovables...

El señor VICEPRESIDENTE PRIMERO (De la Hoz Fernández): Gracias, señora consejera.