Diario de Sesiones 26, de fecha 18/2/2020
Punto 21

10L/PO/P-0353 PREGUNTA DEL SR. DIPUTADO DON MANUEL JESÚS ABRANTE BRITO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA ACTUAL LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS, DIRIGIDA A LA SRA. CONSEJERA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO Y EMPLEO.

El señor PRESIDENTE: Turno ahora para el diputado don Manuel Jesús Abrante Brito, del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre la modificación de la actual Ley de sociedades cooperativas, dirigida a la señora consejera de Economía, Conocimiento y Empleo.

El señor ABRANTE BRITO (desde su escaño): Buenos días. Gracias, señor presidente. Señorías, consejera.

Hace más de treinta años que Canarias asumió las competencias en materia de cooperativas y a día de hoy somos la única comunidad autónoma que no ha aprobado su ley de sociedades cooperativas.

Si se tienen en cuenta las características socioeconómicas, medioambientales, así como la rigidez de su mercado de trabajo, Canarias necesita disponer de su propia legislación en materia de sociedades cooperativas. Un territorio frágil y fragmentado debe tener su reflejo en un texto que sea clave en la dinamización de las relaciones laborales y en la facilidad para la creación de cooperativas, pues Canarias necesita impulsar acciones que deriven en un fomento del autoempleo.

Se debería legislar para dar respuesta a las actuales carencias del marco jurídico sobre el cooperativismo canario, acercando la regulación, entre otras, a las directivas europeas, y manteniendo la idea básica de que las cooperativas son entidades con una doble vertiente. Una organización societaria que debe promover y garantizar una adecuada participación de los socios en la gestión de la empresa común y en tanto estructura empresarial debe disponer de instrumentos que favorezcan su solidez y viabilidad económica. Un marco jurídico que permita reforzar el derecho de información del socio, sobre todo en las normas que son de carácter interno.

Aparte de estatutos, reglamentos, resultados económicos y auditorías, se debe regular de manera más amplia y completa el derecho de información de los socios, estableciéndose la posibilidad de que accedan, entre otros aspectos, a la documentación social más relevante. Como organización empresarial, se considera la cooperativa como una entidad cuya adecuada gestión le proporciona una solidez y credibilidad que, en cierta forma, es independiente de los socios que la conforman en cada momento y que es la que permite consolidar una proyección futura. Por ello, otorgar a la cooperativa de instrumentos financieros eficaces y flexibles permite asegurar su consolidación y resulta más acorde con la actual situación económico empresarial.

Hasta ahora, el movimiento cooperativo ha funcionado, en cierta medida, por la voluntad de sus representantes y por el modelo de subvención canario, pero la promulgación de una ley de sociedades cooperativas permitiría un desarrollo continuado del tejido productivo canario.

Por tanto, señora consejera, ¿dentro de los objetivos de su consejería en esta legislatura está la promulgación de una ley de sociedades cooperativas en Canarias?

Gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor diputado.

Señora consejera.

La señora CONSEJERA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO Y EMPLEO (Máñez Rodríguez) (desde su escaño): Gracias, señor diputado, por esta pregunta, porque este Gobierno cree profundamente en la economía social y si hay un elemento distintivo de esa economía social es el modelo que desarrollan las empresas cooperativas.

En la anterior legislatura hubo un anteproyecto de ley que no se pudo aprobar en el Parlamento por la convocatoria electoral, un documento que, además, tuvo bastantes reparos en su momento por el Consejo Económico y Social de Canarias.

Por parte de esta consejería y por parte de este Gobierno, en nuestra aspiración a avanzar en un modelo de sociedad más justa, más equitativa, con mayor cohesión social, impulsar el desarrollo de esta ley es una prioridad. Ya hemos impulsado el proceso de consulta pública sobre el proyecto de ley, tal y como establece el artículo 133.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Y vamos a abrir un proceso de consulta con todos aquellos agentes implicados e interesados en el ámbito del cooperativismo.

Como bien decía, urge que Canarias cuente con esta ley, que siga un elemento más no solo para garantizar esa seguridad jurídica a las cooperativas, con una gran tradición por ejemplo en el campo canario, también tenemos grandes referentes en el ámbito educativo en el modelo cooperativo, también ha sido un motor importante a la hora de desarrollo de las mujeres en el ámbito empresarial a través del modelo cooperativo, y porque aporta a nuestra sociedad valores en los que creemos profundamente como el de la ayuda mutua, la solidaridad, la equidad y la igualdad, la gestión democrática.

Y, por lo tanto, vamos a dar impulso a ese proyecto de ley para que tengamos en esta legislatura la ley de cooperativas que Canarias se merece y necesita.

El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias, señora consejera.

Gracias, señora consejera.

Damos por finalizadas las preguntas. Pasamos... Vamos a ver. Perdón, perdón.

Perdón (pausa).

Bien, señorías, disculpen, había un problema con el orden del día. Seguimos, quedan algunas preguntas todavía.